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SSPD respondió preguntas relativas al rompimiento de la solidaridad en el servicio público de aseo y a la condonación de cartera de personas víctimas de desplazamiento

Escrito por  Jun 24, 2023

La ruptura de la solidaridad está sujeta a circunstancias de diversa índole. En ese sentido, como los servicios públicos de aseo y alcantarillado tienen connotaciones de salubridad pública y saneamiento básico, no es posible su suspensión, por lo cual no será procedente que la

solidaridad entre el propietario, el suscriptor y el usuario se rompa de la manera que establece el parágrafo del artículo 130 de la Ley 142 de 1994. Sin embargo, puede haber ruptura de solidaridad en el servicio público de aseo si acaece alguna de las situaciones que la generen, expuestas en los considerandos del presente concepto.

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