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Texto de la sentencia de la Corte que declaró inexequible la norma que otorgó a las asambleas departamentales la facultad de delegar a los gobernadores, de forma temporal, las competencias de modificación del presupuesto departamental

Escrito por  Jun 21, 2023

A través de esta providencia se declararon inexequibles inexequibles el numeral 5 del artículo 19 y el numeral 50 del artículo 119 de la Ley 2200 de 2022 “Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los departamentos”. La Sala

identificó las operaciones comprendidas en la facultad de delegación examinada. Para el efecto, la Sala reconstruyó la regulación constitucional y orgánica de las operaciones de modificación presupuestal y, a partir de esta, advirtió que algunas operaciones están en cabeza directamente del Ejecutivo. Así, con fundamento en una lectura sistemática de las disposiciones acusadas y del efecto útil de la ley, la Sala concluyó que las normas examinadas facultan a las asambleas para delegar, en cabeza de los gobernadores, sus competencias correspondientes a la modificación presupuestal. En estas competencias no se incluyen las facultades con las que ya cuenta el Ejecutivo.

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