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Concepto de la ADR sobre las acciones a ejecutar en el marco del cumplimiento del Proyecto Integral de Desarrollo Agropecuario y Rural

Escrito por  Jun 07, 2023

La Entidad hizo aclaraciones sobre las funciones que ejercen los directores de las Unidades Técnicas territoriales en adelante “UTT”, en calidad de supervisores de los PIDAR, y de manera general, frente a las asociaciones beneficiarias de Cofinanciaciones en el marco de los

PIDAR y las normas que lo regulan; lo anterior con el propósito de dejar establecido la responsabilidad y el alcance del acompañamiento que recae sobre el director de la UTT. Son claras las limitantes que en virtud del cargo tienen los directores de las UTT y cómo en el desarrollo y ejecución de los proyectos PIDAR la función del director no puede extralimitarse e irrumpir el negocio privado entre las Asociaciones y los diferentes contratistas los cuales se encuentran reglados, gobernados y regulados por la legislación civil y comercial.

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