constancia de ejecutoria, según sea el caso, Documento de identidad (Fotocopia de la cédula de ciudadanía) y Certificación Bancaria.
La Entidad indicó que es viable la devolución de dineros a quienes se les haya reconocido dentro de la sucesión judicial o notarial, para lo cual deberán presentar la solicitud de devolución del dinero, adjuntado los siguientes documentos: Escritura pública o sentencia con
constancia de ejecutoria, según sea el caso, Documento de identidad (Fotocopia de la cédula de ciudadanía) y Certificación Bancaria.