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CE negó tutela contra un laudo arbitral que dirimió conflicto suscitado entre Promoambiental Distrito S.A.S. E.S.P y Proceraseo, relativo a la remuneración para los concesionarios de aseo público del D.C.

Escrito por  Mar 08, 2023

La Sala consideró que “el análisis fáctico, normativo y probatorio desplegado por la autoridad accionada en la providencia acusada, sobre las formas en que se realizaron las liquidaciones con las que se remuneró a los concesionarios del servicio de aseo en la ciudad de Bogotá

D.C., resulta coherente y razonable, sin que se puede evidenciar la existencia de un argumento arbitrario o contrario al ordenamiento jurídico que afecte o desconozca el derecho al debido proceso de las entidades tutelantes”.

“El Distrito Capital de Bogotá, Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y la UAESP ejercieron la acción de tutela para cuestionar el laudo arbitral proferido por el Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá, constituido para dirimir las controversias suscitadas entre Promoambiental S.A.S. E.S.P. y Procesador de Información del Servicio de Aseo S.A.S., sobre la remuneración para los concesionarios de las áreas de servicio exclusivo —ASE— para la prestación de servicio público de aseo en Bogotá. La acción de tutela se ejerció bajo el entendido de que el laudo arbitral vulneró el derecho al debido proceso UAESP e incurrió en los defectos orgánico y procedimental absoluto, debido a que la decisión se produjo sin que dicha entidad hubiera sido vinculada como litisconsorte necesario, ya que fue el órgano que llevó a cabo la Licitación Pública UAESP 002 de 2017, mediante la cual se adjudicaron los contratos de concesión de prestación del servicio de aseo para el esquema de ASE en la ciudad de Bogotá”.

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