De acuerdo con la doctrina publicada por la CREG, la unidad mínima de un SDL para que un OR solicite cargos por uso corresponde a un municipio, acorde con lo establecido en la definición de Operador de Red establecida en el Artículo 3 de la Resolución CREG 015 de 2018. Una vez cumplido este requisito, para poder efectuar sus solicitudes de aprobación de ingresos
de distribución y costo base de comercialización, deberá aportar la mayor cantidad de información posible, conforme lo aprobado en dichas resoluciones, y la CREG, en desarrollo de las actuaciones administrativas que correspondan, procederá a solicitar la información adicional que se considere necesaria para tal fin.
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