1147 del 2001, y la Circular Externa 100-000002 del 25 de abril de 2022 de la Superintendencia de Sociedades; las cuales fueron explicadas y analizadas a través del presente concepto.
La Entidad hizo unas consideraciones preliminares respecto del deber de inscribir en el registro mercantil las páginas web y remitir información sobre actividades económicas a la DIAN, para lo cual se tuvo en cuenta el siguiente marco jurídico: Ley 633 de 2000, Sentencia C-
1147 del 2001, y la Circular Externa 100-000002 del 25 de abril de 2022 de la Superintendencia de Sociedades; las cuales fueron explicadas y analizadas a través del presente concepto.