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MinSalud modifica disposiciones sobre los términos para el reporte de información que deben realizar las IPS

Escrito por  Ago 05, 2020

A través del acto administrativo se establece que, Las IPS y las secretarias de salud departamentales, distritales y municipales o la entidad que haga sus veces, reportaran, a más tardar el 6 de agosto de 2020, la información del talento humano en salud que prestó servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de COVID — 19 o realizó vigilancia epidemiológica

entre el 12 de abril de 2020 y el 31 de julio de 2020. Las novedades del talento humano en salud que se generen a partir del mes de julio de 2020 se reportaran durante los diez (10) primeros días del mes siguiente.

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