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Consejo de Estado no avoca conocimiento de legalidad de acto del ICA que prorroga la transitoriedad de resolución que establece los requisitos para el registro de fabricantes e importadores de alimentos para animales, en desarrollo del Covid-19

Escrito por  Nov 19, 2020

Para la Sala, en el asunto bajo análisis, la Resolución No. 066700 de 2020 prorrogó por el término de treinta (30) días calendario contados a partir del 4 de mayo de 2020, el plazo señalado en el artículo 40 transitorio de la Resolución No. 061252 de 2020, con el fin de que las personas naturales o jurídicas que cuenten con registro de empresas de alimentos para animales y/o registro

de alimentos para animales vigente puedan ingresar la información al respectivo sistema que desarrolle el ICA, trámite que para el Despacho no supone un desarrollo o reglamentación del Decreto Legislativo 491 de 2020. Por las razones expuestas, no se avoca el conocimiento del control inmediato de legalidad de la Resolución porque no se cumple la condición normativa de haber sido dictada en desarrollo de un decreto legislativo.

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