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Consideraciones de la ANM sobre las personas, entidades y tipos de sociedades que pueden celebrar contratos de concesión minera

Escrito por  Ene 12, 2023

En primer lugar, se aclaró que, la capacidad legal para formular propuesta de concesión minera y para celebrar el correspondiente contrato, se regula por las disposiciones generales sobre contratación estatal. Dicha capacidad, si se refiere a personas jurídicas, públicas o privadas,

requiere que en su objeto se hallen incluidas, expresa y específicamente, la exploración y explotación mineras. En ese orden de ideas, se reiteró que dentro de la normatividad actual se tiene como requisito habilitante de la capacidad legal para la presentación de propuestas y celebración de contratos de concesión, que dentro del objeto social del proponente se encuentra de forma “expresa y específica” las actividades de exploración y explotación minera.

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