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SSPD aclaró dudas sobre el procedimiento que debe aplicar una empresa de energía eléctrica para el cambio de contador

Escrito por  Ene 03, 2023

“Si el cambio obedece al mal funcionamiento del equipo de medida, dicho cambio no podrá efectuarse hasta tanto no se determine que su funcionamiento esta por fuera del rango de error admisible. No obstante, si trascurrido un periodo de facturación el usuario no repara o

remplaza el medidor debiéndolo hacer, el prestador podrá hacerlo y su valor estará a cargo del usuario. Para el efecto en la Ley 142 de 1994, la norma regulatoria determina en relación con el servicio público de energía, que en las condiciones uniformes del contrato de servicios públicos, se puede determinar que tanto el prestador como el usuario, están facultados para verificar el estado de los instrumentos de medición, es decir que a pesar de que este último no tiene como obligación efectuar dicha verificación, puede hacerlo si así lo considera pertinente”.

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Modificado por última vez en Lunes, 02 Enero 2023 23:42