partes del Mercosur y el gobierno de Colombia, los continentes serán reglamentados y distribuidos por el ministerio de comercio, de acuerdo como se encuentra establecido en la presente circular.
En aplicación del artículo 3 del decreto 666 de 2019, a través del cual se determinó la administración de unos contingentes arancelarios establecidos con el acuerdo de complementación económica, suscritos en julio de 2017 entre Argentina, Brasil, Paraguay Uruguay, estados
partes del Mercosur y el gobierno de Colombia, los continentes serán reglamentados y distribuidos por el ministerio de comercio, de acuerdo como se encuentra establecido en la presente circular.