asignaciones previas para este período y que se encuentren en operación, de acuerdo con lo definido en el Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006” Así lo estableció la CREG a través de la publicación de un concepto.
“EL CND deberá adelantar la contratación del auditor a la mayor brevedad, sin exceder seis (6) meses una vez publicada en el Diario la Resolución CREG 030 de 2019. La auditoría será sobre los parámetros declarados por las plantas existentes que resultaron con asignaciones de OEF en la subasta 2022-2023 y las plantas que tengan
asignaciones previas para este período y que se encuentren en operación, de acuerdo con lo definido en el Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006” Así lo estableció la CREG a través de la publicación de un concepto.