Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Consideraciones de la SSPD sobre la definición de facturación conjunta y la suspensión del servicio

Escrito por  Dic 23, 2022

Una factura conjunta, en el régimen de los servicios públicos domiciliarios, podría definirse como la cuenta que un prestador entrega a un usuario, la cual contiene el cobro de dos o más servicios que podrán pagarse de forma independiente, a menos de que se trate de la

facturación de los servicios de aseo público y alcantarillado, también llamados de saneamiento básico. “Ahora bien, en cuanto al procedimiento que debe adelantar el prestador frente a la suspensión del servicio, es de señalar que la Corte Constitucional, a través de la Sentencia C-150 de 2003, reconoció la existencia de ciertos límites constitucionales y legales dentro de los cuales se debe enmarcar el comportamiento de los prestadores al momento de suspender o cortar los servicios públicos domiciliarios. Es así como a juicio de dicho Tribunal, tales límites constituyen 'la Carta de derechos y deberes de los usuarios de servicios públicos domiciliarios”.

Descargar Documento