siempre y cuando esta cumpla con los requisitos requeridos por la ley y el trabajador cumpla a cabalidad con los procedimientos establecidos por el empleador y la ley para la radicación de las incapacidades”.
“En caso de que la muerte de la mascota del trabajador afecte de gran modo la salud mental del trabajador y el médico de la EPS o un médico particular, emita incapacidad médica por su situación emocional, el empleador está en la obligación de conceder dicha incapacidad
siempre y cuando esta cumpla con los requisitos requeridos por la ley y el trabajador cumpla a cabalidad con los procedimientos establecidos por el empleador y la ley para la radicación de las incapacidades”.