presente circular emitido por la cartera de Minas.
La entidad indicó que los prestadores del servicio público domiciliario de energía eléctrica en las ZNI al momento de presentar la solicitud de estimación a qué se refiere el artículo 20 de la resolución 40 239 de 2022 deberán cumplir los siguientes requisitos indicados en la
presente circular emitido por la cartera de Minas.