La CREG, “con base en la facultad establecida en el inciso final del Artículo 73 de la Ley 142 de 1994, solicita a las empresas distribuidoras del servicio público de gas combustible por redes de tubería el envío del Plan de Expansión vigente a la fecha para cada uno de los
mercados relevantes que atiende dentro del término improrrogable de tres (3) días hábiles siguientes a la expedición de la presente circular, al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.”.
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