prestador sí puede exigir a sus usuarios y/o suscriptores, en el marco del contrato de servicio público, el cumplimiento de la norma de vertimientos, a través del requerimiento de la caracterización de los mismos, con el fin de cumplir con sus obligaciones de carácter ambiental y las derivadas del régimen de los servicios públicos, indistintamente de que haga o no tratamiento de sus aguas residuales.