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CRA: proceso establecido para el cobro de deudas derivadas de la prestación de los servicios públicos durante emergencia del COVID 19

Escrito por  Ago 10, 2020

Motivado a la pandemia del COVID 19 y como respuesta de alivios económicos para los suscriptores que se han visto afectado por las consecuencias económicas de la emergencia sanitaria, se han expedidito normativas para permitir el pago diferido a 36 meses de las facturas de acueducto, alcantarillado y aseo. 

Las deudas derivadas de la prestación de los servicios públicos podrán ser cobradas ejecutivamente ante la jurisdicción ordinaria o bien ejerciendo la jurisdicción coactiva por las empresas industriales y comerciales del Estado prestadoras de servicios públicos. La factura expedida por la empresa y debidamente firmada por el representante legal de la entidad prestará mérito ejecutivo de acuerdo con las normas del Derecho Civil y Comercial.

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