fecha de la promulgación de la Ley 141 de 1994.
Las regalías de los minerales, cuyo precio se establece mediante la presente Resolución, deberán cancelarse para el mineral principal y para los secundarios. Se exceptúan de la aplicación de los precios base establecidos, los precios determinados en los contratos vigentes a la
fecha de la promulgación de la Ley 141 de 1994.