iniciar en la actualidad, los trámites correspondientes para la celebración y posterior ejecución del contrato de Comodato.
El ICA dejó claro que, no es posible celebrar un contrato de Comodato durante el periodo de restricción establecido por la Ley de Garantías y por no encontrarse todas las actividades a ejecutar con los fines de la entidad; por lo cual no es viable desde el punto de vista jurídico
iniciar en la actualidad, los trámites correspondientes para la celebración y posterior ejecución del contrato de Comodato.