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MinAmbiente se refirió a los requisitos previos para los proyectos, obras o actividades de utilidad pública

Escrito por  Sep 16, 2022

El MinAmbiente reiteró lo establecido en el artículo 2.2.2.1.2.5.1 y 2.2.2.1.2.5.3 artículo del Decreto 1077 de 2015 modificados mediante el Decreto 1232 de 2020 en el sentido que, los proyectos, obras o actividades consideradas por el legislador de utilidad pública e interés

social cuya ejecución corresponda a la Nación, podrán ser adelantados por esta en todo el territorio nacional, de manera directa o indirecta a través de cualquier modalidad contractual, previa la expedición de la respectiva licencia o del correspondiente instrumento administrativo de manejo y control ambiental por parte de la autoridad ambiental correspondiente, si a ello hubiere lugar.

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