estudiar asuntos propios de la responsabilidad contractual.
La Sala confirma la sentencia de primera instancia que negó las pretensiones del arrendatario porque no se solicitó la nulidad relativa de la terminación de mutuo acuerdo del contrato, éste no podía seguir ejecutándose de facto y el principio de confianza legítima no permite
estudiar asuntos propios de la responsabilidad contractual.