capacidad laboral del accionante es inferior al 50%, esto es, del 42,15%, y II) la condición de salud sigue generando incapacidades que superaron los 540 días de manera continua. No obstante, cabe precisar que si el estado de salud del actor presenta una mejoría al punto de que no se generen más incapacidades en favor del accionante, la obligación de pago de las incapacidades a su cargo cesará. Así también, se extinguirá la obligación de pago si el estado de salud del usuario conlleva a una pérdida de capacidad laboral superior al 50%.