interior de áreas priorizadas por las autoridades ambientales. Puede conocer más detalles consultado el documento publicado por la entidad.
Las disposiciones del artículo 210 de la Ley 1450 de 2011 faculta a los departamentos y municipios a dedicar un porcentaje no inferior al 1% de sus ingresos corrientes, a la adquisición y mantenimiento de predios, o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales, al
interior de áreas priorizadas por las autoridades ambientales. Puede conocer más detalles consultado el documento publicado por la entidad.