vigencia o la cesación del trámite del plan de manejo ambiental” la aplicación de lo dispuesto en el mismo se realiza de forma armónica con lo que se prevé en el artículo 2.2.2.3.1.3., de ahí que sea susceptible de integrar el PMA a la Licencia Ambiental, y en adelante sea dicha licencia el único instrumento ambiental objeto de seguimiento por parte de la ANLA.