Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Texto del decreto que modificó disposiciones relacionadas con el alcance de la definición de paisajes culturales

Escrito por  Ago 09, 2022

Se modificó el artículo 2.4.3.1. del Decreto 1080 de 2015 -Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura, estableciendo la definición de paisajes culturales como los territorios producto de la interrelación entre grupos sociales, comunidades o colectividades con su territorio o

la naturaleza, referentes de procesos históricos, económicos, sociales, políticos, culturales o espirituales, que ilustran las formas de ocupación y manejo del territorio, por lo tanto, son factores de identidad, pertenencia o ciudadanía, contienen bienes, manifestaciones, productos y todos aquellos elementos que son expresiones de la identidad cultural y que son representativos de una región claramente definida e ilustran los elementos culturales esenciales y distintivos. Mediante la valoración y el manejo sostenible de estos lugares se posibilita de manera efectiva el goce de los derechos culturales.

Descargar Documento