1150 de 2007, modificado por la Ley 2022 de 2020). Sin embargo, cuando estas entidades suscriban convenios o contratos de cualquier índole con entidades estatales de régimen especial o exceptuado, patrimonios autónomos, personas naturales o jurídicas de derecho privado, en atención a lo dispuesto en los dos primeros incisos del artículo 56 de la Ley 2195 de 2022, estos últimos también deberán aplicar documentos tipo, y en general, las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.