de la fuerza pública. Fue confirmada parcialmente la decisión del Tribunal Administrativo de Nariño, de reconocer a la conyugue supérstite la sustitución de la asignación de retiro como beneficiaria del causante, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1212 de 1990, no obstante, la imposibilidad de acreditar la convivencia efectiva requerida para lograr el objeto de la sustitución pensional. Lo anterior comoquiera que, por las particularidades del caso, no es posible aplicar la misma pauta de interpretación, toda vez que nos enfrentamos a un caso de violencia contra la mujer.