A través del decreto se estableció que, mediante esta opción del mecanismo de obras por impuestos, se podrán financiar los proyectos de inversión viabilizados y registrados en el banco de proyectos de inversión de obras por impuestos, soportado en el Sistema Unificado de
Inversiones y Finanzas Públicas -SUIFP o el que haga sus veces, propuestos por los contribuyentes y las entidades públicas de cualquier nivel, priorizando los municipios de que trata el Decreto Ley 893 de 2017 o la normativa que lo modifique adicione o sustituya.
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