La Corte examinó la demanda de inconstitucionalidad formulada contra el artículo 203 de la Ley 1955 de 2019, PND 2018-2022, por desconocimiento de la destinación de recursos de la seguridad social a fines diferentes a ella, el principio de unidad de materia y la reserva de ley. Se estudió de forma preliminar la configuración de la cosa
juzgada constitucional y se concluyó que dado el pronunciamiento previo de inexequibilidad del artículo demandado, con efectos retroactivos, había operado el fenómeno de la cosa juzgada constitucional formal y absoluta. Por consiguiente, correspondía estarse a lo resuelto en la Sentencia C-049 de 2022.
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