073 de 2021. Esta resolución aplica al servicio de transporte de combustibles líquidos, gas licuado del petróleo, GLP, por ductos, e infraestructura de almacenamiento.
A través de la presente resolución se define la referencia del código GICS que se utilizará para el cálculo de la tasa de descuento, y la fecha de cálculo que se utilizará para la estimación de cada una de las variables que se requieren en el cálculo de la tasa de descuento, siguiendo el procedimiento definido en la Resolución CREG 004 de 2021, modificada por la Resolución CREG
073 de 2021. Esta resolución aplica al servicio de transporte de combustibles líquidos, gas licuado del petróleo, GLP, por ductos, e infraestructura de almacenamiento.