Suscribir los actos administrativos relacionados con prórrogas de los títulos mineros de pequeña y mediana minería, cesiones de derechos, cesiones de áreas, integración de áreas, concesiones concurrentes, subrogación de derechos y las demás que afecten la titularidad de los títulos mineros de pequeña y mediana minería, que no estén asignadas expresamente a otra dependencia. También, suscribir los contratos derivados de los trámites de cesiones de áreas, integraciones de áreas, devolución de áreas, derechos de preferencia de cualquier régimen, cambios de modalidad o acogimientos de regímenes anteriores al vigente y cualquier modificación de los títulos mineros de pequeña y mediana minería. Suscribir los actos administrativos y los contratos derivados de las propuestas de contrato de concesión de establecidos en la Ley 685 de 2001 y los de requisitos diferenciales de que trata el artículo 326 de la Ley 1955 de 2019.