El contenido de mezcla de los mencionados productos, podrá obedecer, por cada galón o litro, al siguiente porcentaje: 100% de gasolina motor corriente fósil y motor extra fósil y 0% de alcohol carburante - etanol
A través del presente proyecto se busca exceptuar temporalmente del cumplimiento del Artículo 1 de la Resolución 40359 de 2021, la mezcla de alcohol carburante – etanol con gasolina motor corriente fósil y con gasolina motor extra fósil que se distribuya en el departamento de Nariño.
El contenido de mezcla de los mencionados productos, podrá obedecer, por cada galón o litro, al siguiente porcentaje: 100% de gasolina motor corriente fósil y motor extra fósil y 0% de alcohol carburante - etanol