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Corte Suprema analizó los presupuestos axiológicos para calificar un acto como generador de competencia desleal

Escrito por  May 04, 2022

“La ruptura contractual sin previo aviso, injusta y cuando existe relación de dependencia entre las partes, tampoco puede considerarse como acto de competencia desleal”. De acuerdo con la providencia, “

Los presupuestos axiológicos para calificar un acto como generador de competencia desleal son, conforme a la Ley 256 de 1996 y la doctrina jurisprudencial: I) que sea realizado en el mercado; II) que sea de índole concurrencial, es decir, que tenga el propósito de mantener o incrementar la participación en el mercado de quien lo realiza o de un tercero; y III) que corresponda a una de las conductas expresamente prohibidas por el ordenamiento, sea general o específica”.

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