En relación con los contratos consensuales, su perfeccionamiento requiere que la oferta o propuesta, debidamente comunicada al destinatario, sea aceptada por éste, expresa o tácitamente. Si se trata de contratos en los que se exige una formalidad constitutiva para su perfeccionamiento o nacimiento, solemne o real, se debe cumplir y observar adicionalmente
la formalidad ad substantiam actus o haberse verificado la entrega de los bienes, según el caso.
“El ISS abrió convocatoria pública para la celebración de un contrato para la instalación de cableado lógico en los centros de atención ambulatoria. CONSULTEL afirma que presentó la mejor propuesta y que, por ende, debió ser seleccionado para la ejecución del contrato”.
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