La finalidad del Acto Administrativo, es que los contribuyentes obligados a presentar la declaración de impuesto sobre la renta, que sean personas naturales y asimiladas residentes, sucesiones y ilíquidas de causantes residentes y bienes destinados a fines especiales, en virtud de asignaciones modales contemplados el ET, cumplan con la obligación formal De presentar la declaración para el año grabé 2021, o la fracción del año gravable 2022 y siguientes.