revelados en el arte previo, conclusión a la que arribó la SIC a partir de los resultados de evaluaciones técnicas efectuadas en la actuación administrativa, y que sirvieron de sustento a los actos acusados”.
Para la Sala, la decisión de la SIC de negar la patente a la invención «Macrolidas Cristalinas» se fundamentó en que la creación no cumple el requisito de nivel inventivo, “al derivarse de manera evidente del estado de la técnica para una persona normalmente versada en la materia y no tener un efecto técnico sorprendente e inesperado en comparación con los resultados
revelados en el arte previo, conclusión a la que arribó la SIC a partir de los resultados de evaluaciones técnicas efectuadas en la actuación administrativa, y que sirvieron de sustento a los actos acusados”.