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Texto de la sentencia de la Corte que declaró exequibles disposiciones del Código de Extinción de Dominio relacionadas con la garantía de la doble instancia y la apelación contra la sentencia de primera instancia, en el efecto suspensivo

Escrito por  Feb 09, 2022

“La Corte encontró que la tesis del demandante pretendía que el recurso de la apelación asumiera, en el trámite de extinción de dominio, un alcance semejante al que tiene la garantía de la doble conformidad judicial en materia penal.

Consideró, sin embargo, que no le asistía razón, pues la acción de extinción de dominio hace parte del régimen constitucional del derecho a la propiedad y es autónoma e independiente del ejercicio del ius puniendi por parte del Estado. En consecuencia, determinó que, respecto al procedimiento, no son aplicables a ella las garantías diseñadas por el Constituyente para el proceso penal y, en concreto, el derecho a que la sentencia que causa un perjuicio al afectado solo quede en firme luego de ser ratificada por dos jueces distintos”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 09 Febrero 2022 08:10