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Concepto de Mintransporte sobre el cambio de modalidad vehículo tipo campero de servicio público de transporte público colectivo municipal a servicio público de transporte de pasajeros por carretera

Escrito por  Ene 28, 2022

El Mintransporte dejó claro que las empresas habilitadas para la prestación del servicio público de transporte solo podrán hacerlo con vehículos matriculados o registrados para dicho servicio, los cuales deben estar previamente homologados ante esta Cartera Ministerial, sus entidades adscritas, vinculadas o con relación de coordinación y que cumplan con las especificaciones y requisitos técnicos de acuerdo con la infraestructura de cada modo de transporte.

Así las cosas, cabe resaltar que si un vehículo es matriculado, registrado y homologado para prestar el servicio público de transporte en la modalidad de colectivo municipal de pasajeros, únicamente podrá prestar el servicio en dicha modalidad para la cual fue homologado.

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