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Concepto de la CREG sobre el procedimiento que deben seguir las empresas del mercado de energía mayorista para que sea calculado el patrimonio transaccional

Escrito por  Ene 24, 2022

La CREG indica “el artículo 1 de la resolución 240 de 2020 establece el procedimiento para el cálculo del patrimonio transaccional, indicando que las empresas deben reportar mensualmente la información financiera a través del SUI. Esto es posible una vez tengan el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos, RUPS siguiendo el procedimiento definido por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD)”.

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