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Corte Constitucional revocó sentencia que negaba amparo y reconocimiento de derechos al debido proceso a persona víctima de politraumatismo por explosión de mina antipersonal en Caquetá

Escrito por  Dic 22, 2021

La Corte Constitucional decidió revocar la sentencia adoptada en única instancia por el Consejo de Estado, Sección Tercera, Subsección C, el 13 de agosto de 2020, que declaró improcedente el amparo solicitado dentro de la acción de tutela formulada por Juan, María, en nombre propio y en el de su hija, y sus familiares contra el Juzgado Cincuenta y Ocho Administrativo del Circuito de Bogotá y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección A. En su lugar, tuteló los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y tutela judicial efectiva de los demandantes.

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Modificado por última vez en Miércoles, 22 Diciembre 2021 12:40