"El artículo 2 de la Resolución CREG 059 de 2012, señala la fecha límite que tiene el usuario para que la instalación interna cuente con el certificado de conformidad. Dicho plazo corresponde al último día hábil del mes en que se cumplen los cinco años de haberse efectuado la última revisión de la instalación interna de gas o la conexión del servicio." Así lo estableció la SSPD a través de la publicación de un concepto.