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Concepto de Mintransporte sobre las autoridades competentes para para expedir órdenes de comparendos

Escrito por  Dic 09, 2021

Quedó dispuesto que, solo las autoridades de tránsito a que hace referencia el Código Nacional de Tránsito, son las competentes para expedir y recaudar órdenes de comparendos por infracciones de tránsito ocurridas en su jurisdicción. No podrá entregarse dicha facultad ni por delegación ni mediante convenio a ninguna entidad de naturaleza privada.

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