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Concepto de la SSPD sobre el proceso que deben seguir los usuarios de servicios públicos domiciliarios que pretendan obtener las tarifas correspondientes a un inmueble desocupado

Escrito por  Dic 07, 2021

La SSPD estableció que, los usuarios del servicio público domiciliario de aseo que pretendan obtener las tarifas correspondientes a un inmueble desocupado deben llevar a cabo el trámite establecido en el artículo 172 del Resolución CRA 853 de 2018 o en la Resolución CRA 720 de 2015. Sin embargo, la acreditación de que el inmueble se encuentra desocupado tiene una

vigencia de tres (3) meses y, una vez el término expire, de continuar la situación de desocupación, se deberá presentar nuevamente la documentación con el propósito de prorrogar la aplicación de la tarifa especial.

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