distrito para la ubicación de las cestas o canastillas en mención.
Quedó dispuesto que, los prestadores del servicio de aseo son los obligados a instalar, mantener y reponer las cestas o canastillas públicas; sin embargo, dichos elementos deben estar definidos en el Programa para la Prestación del Servicio de Aseo, con base en lo establecido en el PGIRS del municipio. Adicionalmente, deberán contar con la aprobación previa del municipio o
distrito para la ubicación de las cestas o canastillas en mención.