El concepto del MinAmbiente dispuso que la autoridad ambiental competente al autorizar a través de licencia ambiental o Plan de Manejo Ambiental la ejecución de un proyecto, obra o actividad, como es el caso de almacenamiento de sustancias peligrosas, al momento de terminación del proyecto, obra o actividad debe revisar sus propios actos administrativos expedidos,
esto es desde cuando autorizó la ejecución y los demás actos administrativos expedidos durante la vida útil del proyecto hasta la petición de terminación, para poder verificar el cumplimiento de las obligaciones y las medidas impuestas, incluyendo, las relacionadas con el desmantelamiento y abandono.
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