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Consejo de Estado analizó aspectos relacionados con el procedimiento y principio de selección objetiva del contratista y la elaboración del pliego de condiciones

Escrito por  Dic 01, 2021

“Una causal dirigida a sancionar con el rechazo una propuesta que suministre información que no concuerde con la realidad, resulta válida, en la medida en que comporta un desarrollo del principio constitucional de buena fe”. Para la Sala, “en caso de que la información reportada que, en principio, no concuerda con la realidad recaiga sobre un aspecto que no otorga puntaje, la

Sala considera que, en atención al mandato impuesto en el parágrafo primero del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, aquella no podrá aplicarse de plano sin brindar un espacio a los oferentes para que rindan las aclaraciones del caso, evento en el cual la entidad, una vez escuchados, decidirá si las explicaciones se ajustan al catálogo constitucional, legal y reglamentario que sirve de base para el procedimiento de selección.

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