Las disposiciones contenidas en el proyecto de norma serán de obligatorio cumplimiento para las Entidades Territoriales en Salud, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios, incluyendo las Entidades Promotoras de Salud, las
Entidades Obligadas a Compensar, los Regímenes de Excepción, los Regímenes Especiales y demás entidades que desarrollan procedimientos de gestión de la atención o de atención directa al recién nacido en el marco de la operación de las Rutas Integrales de Atención en Salud y de la Atención en Salud.
Descargar documento