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SSPD: constitución de empresas de servicios públicos domiciliarios de carácter oficial por parte de las entidades territoriales

Escrito por  Oct 06, 2020

De acuerdo con el concepto publicado por la SSPD indistintamente de que un municipio posea parte accionaria en otras empresas, sean o no prestadoras de servicios públicos domiciliarios, la Ley 142 de 1994 no restringe el principio de libertad de empresa ni de entrada en el mercado; salvo que exista la declaratoria de un Área de Servicio Exclusivo – ASE o cualquier otra limitación legal.

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